444-811-62-30    Lunes a Viernes 8:00 am - 3:00 pm

INDICADORES DE GESTIÓN Y EJERCICIO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 18

Todas las entidades públicas deberán poner a disposición del público y, difundir de oficio, a tráves de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.

 

Artículo 18
Deslizar arriba